EL SUSCRITO SECRETARIO DEL JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO ESPECIALIZADO EN RESTITUCIÓN DE TIERRAS DE SANTA MARTA – DEPARTAMENTO DEL MAGDALENA– COLOMBIA, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTS. 86 LITERAL E) Y 87 DE LA LEY 1448 DE 2011, EMPLAZA A TODAS LAS PERSONAS EN GENERAL QUE TENGAN DERECHOS LEGITIMOS SOBRE EL PREDIO DENOMINADO CARRERA 4 No. 130 – 28”, ubicado en la comuna/ localidad Gaira, en el barrio bello sol en el Municipio de Santa Marta, Magdalena, bien de naturaleza urbana que se encuentra identificado con los folios de matrícula inmobiliaria número 080-19598, 080-62609 y los segregados de este último 080-116872 y 080-116873, y cédula catastral número 47001011001680003000, con un área georreferenciada de 0 Ha + 338 metros cuadrados, siendo solicitada en esta ocasión un área de 0 Ha + 182 metros cuadrados, demanda presentada por la Dra. VANESSA ALEXANDRA CAMARGO REVOLLO, abogada contratista de la Unidad de Restitución de Tierras – Territorial Magdalena, identificada con la cédula de ciudadanía número 1.101.448.733 y portadora de la T.P. No. 232.097 expedida por el C.S. de la J., quien actúa como apoderada del ahora solicitante de conformidad con lo establecido en la resolución RM 00225 del 3 de Julio de 2020, quien actúa como apoderada del ahora solicitante señor FRANCISCO RAFAEL NAVARRO GONZÁLEZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 12.550.714